La Ley Para la Promoción de una Vida Saludable, a la espera de los informes del Consejo Económico y el Consultivo

HOSTELVENDING.com 03/10/2017.- La tramitación de la Ley para la Promoción de una Vida Saludable y una Alimentación Equilibrada en Andalucía sigue su curso después de que se aprobara en Consejo de Gobierno el anteproyecto el pasado mes de octubre.
Un año después el texto se encuentra en a la espera de los preceptivos informes favorables o no del Consejo Económico y Social y el Consejo Consultivo, dos trámites imprescindibles antes de que vuelva al Consejo de Gobierno para su derivación al Parlamento.
Para ser uno de los principales proyectos de la Consejería de Salud para la presente legislatura, la tramitación va lenta y en vista de las numerosas alegaciones recibidas no es de extrañar, ya que las restricciones y los objetivos son muy ambiciosos pero también muy controvertidos.
Es el caso de lo que afecta al vending, el punto más conflictivo es el que afecta a la obligación de habilitar un punto de acceso gratuito al agua en espacios como centros educativos, lugares públicos y centros de ocio infantil.
Esta medida está enfocada hacia la lucha contra la obesidad y la necesidad de facilitar el acceso a alimentos y bebidas sanas a toda la población, mientras se restringe la comercialización de alimentos poco saludables de alto contenido en grasas, azúcar y sal, que tan asociados siguen al vending al ser los productos que mejor funcionan dentro del sector en cuanto a ventas se refiere.
El objetivo se mantiene y como ya anunciaba el consejero de Salud, Aquilino Alonso, se pretende exigir a las empresas operadoras que ofrezcan agua refrigerada gratuita ya sea en las propias máquinas o junto a ellas, una recomendación para la que, como denunciaban las propias empresas, no se ha tenido en cuenta las limitaciones que tienen en los diferentes puntos de venta ni que en muchos de estos emplazamientos ya se disponga de agua de manera gratuita como pueden ser las fuentes en los parques públicos.
Otras limitaciones conllevan menos perjuicios económicos para las empresas que ya se han ido adaptando, por ejemplo, a la obligación de ofertar alternativas más saludables en las máquinas que se instalan en centros educativos (la mayoría de ellas en colegios e institutos privados).
Sin ser tan específica para todo lo relacionado con el vending como otras normativas que afectan de lleno a la dispensación automática (caso de Cataluña o la Comunidad Valenciana), el fin último empieza a ser común: limitar determinados productos en las expendedoras a pesar del agravio comparativo que se produce con otros canales de venta.
Ante la falta de recursos económicos y también de ideas, la administración opta por la alternativa fácil de eliminar determinados alimentos y solo en determinados canales, algo totalmente insuficiente si lo que se quiere es un cambio de mentalidad y de prácticas en el consumidor.
Es cierto que la configuración del entorno influye y que dificultar el acceso permite reducir el consumo de determinados productos a segmentos de población concretos, sin embargo, no se entiende la penalización que se produce en un sector como el vending.
Aneda traslada su desacuerdo con la normativa














