Unidad de mercado y controles frente a la calidad alimentaria

HOSTELVENDING.com 14/04/2015.- Estaba entre las normativas que el Ejecutivo quería aprobar antes de terminar la legislatura y parece que su tramitación parlamentaria llegará a tiempo. El pasado viernes, el Consejo de Ministros daba su visto bueno para la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley para la Defensa de la Calidad Alimentaria.
Se trata de una normativa básica que pretende actualizar una materia cuya legislación data de 1983, siendo una de sus principales características la homogeneización tanto de las exigencias como de los controles a nivel regional, además de su adaptación a a los mandatos europeos que regulan los controles en el ámbito de la comercialización de productos alimenticios y la persecución del fraude.
Para lograr esos objetivos, la nueva norma incorpora al ámbito de la calidad alimentaria los principios ordenadores de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, lo que implica que los operadores en las relaciones comerciales no tienen que cumplir más que una sola regulación. Se trata de un aspecto innovador, dado que ofrece mayor capacidad de actuar al operador, en el ámbito de la libertad de empresa y de circulación de mercancías y servicios.
Mediante el Proyecto de Ley, se ordena también el sistema de inspecciones y controles aplicado a los alimentos, en las etapas de la cadena de suministro comprendidas entre la salida de los productos de la explotación agraria o sacrificio de los animales, hasta su llegada a los almacenes de logística, previos a los locales de la distribución alimentaria para su puesta a disposición del consumidor final. En una regulación cuyo fin es asegurar que los productos llegan al consumidor con todas las garantías de calidad.
Los sistemas de control que se establecen en la Ley son los existentes en la normativa comunitaria, si bien con este texto aparecen por primera vez en España sistematizados en un único instrumento legal y con vocación de norma básica.
De esta forma, se favorece la competitividad de las empresas mediante la simplificación de los mecanismos de control de la calidad comercial de los productos alimentarios, evitando que los operadores se vean sometidos a las cargas administrativas derivadas de la multiplicidad de normativas autonómicas, no siempre coincidentes.
El Proyecto de Ley homogeneiza y actualiza el régimen sancionador, al dictar normas básicas que establecen qué hechos se consideran infracciones leves, graves o muy graves, y se define una horquilla sobre la cuantía de las sanciones.
Se pretende, con ello, salvar los obstáculos con los que se encuentran las empresas del sector al recibir un tratamiento distinto según la Comunidad Autónoma en la que desarrollen su actividad, y que los operadores situados en distintos eslabones de la cadena, cualquiera que sea el lugar en el que desarrollen su actividad, tengan un tratamiento igual en caso de detectarse irregularidades en su actuación.
En este régimen sancionador también se contempla una actualización de la cuantía de las sanciones, dando así cumplimiento al mandato de la Unión Europea que establece que las sanciones deben ser eficaces, proporcionales y disuasorias. De esta forma, se armoniza el régimen sancionador en todo el territorio español y se actualizan sus importes, de modo que no sea rentable defraudar.
Se trata de un texto, por tanto, que pretende elevar los estándares de calidad de la cadena alimentaria y que afectarán al vending como un canal más de distribución de productos.
Se regulan los diferentes sistemas de control de la calidad: el control oficial por parte de funcionarios públicos, el autocontrol por el operador y su verificación por entidades de certificación acreditadas.














