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Las ayudas empresariales no se van de vacaciones

Las ayudas empresariales no se van de vacaciones

HOSTELVENDING.com 09/08/2016.- Aunque no es la mejor época para movilizar documentación, retrasar las vacaciones unos días para optar a algún tipo de subvención que permita impulsar nuevos proyectos en la empresa es un mal menor.

De los que hay activos en estos momentos os dejamos dos por su carácter global y las posibilidades que ofrecen tanto en materia de contratación como de incentivos.

La primera se trata de la puesta en marcha por la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid dirigida a todo tipo de empresas. Se trata del Programa de incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas, en especial de mayores de 45 años y de mujeres con especiales dificultades de inserción.

Podrán acogerse a estas ayudas los trabajadores autónomos, las empresas, y las entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen.

La cuantía máxima de las ayudas varía entre los 2.500 euros por cada contrato indefinido a tiempo completo, de 3.000 en el caso de mayores de 45 años o mujeres con especiales dificultades de inserción, y de 3.500 euros a mujeres con con especiales dificultades.

Las solicitudes podrán presentarse hasta finales de este año.

Algo menor es el plazo para optar a las subvenciones para la contratación de trabajadores/as por cuenta ajena que ha puesto en marcha el Ayuntamiento de Gijón.

Para los contratos formalizados entre el 16 de mayo y el 31 de diciembre de 2015 el plazo de presentación será hasta el 16 de agosto de 2016, para los contratos formalizados entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2016 el plazo de presentación será hasta el 1 de septiembre de 2016, para el resto de contratos el plazo será de 15 días naturales siguientes al del inicio de la contratación.

El importe de las subvenciones oscila entre 500 y 3.000 euros para las empresas y 1.500 y 5.500 euros para las entidades sin ánimo de lucro, en función de la jornada laboral y de la puntuación obtenida según la duración del contrato, la plantilla o antigüedad de la empresa, determinadas características en el caso de entidades y la pertenencia de la persona contratada a un colectivo concreto.

En la nueva convocatoria 2015-2017, se continua con la exigencia de que los/as trabajadores/as estén empadronados/as en el municipio de Gijón, estableciendo cuantías económicas diferentes, no solo por la modalidad de contratación, sino por la actividad a desarrollar por la persona contratada, por el tamaño de la empresa o la situación de la persona a contratar, con un incremento adicional para aquellas empresas que, habiendo obtenido la condición de beneficiarias de la subvención, tengan implantado un Plan de igualdad.

También se establecen una serie de requisitos de los nuevos trabajadores para optar a la subvención como que sean menores de 30 años o mayores de 45, personas con discapacidad, etc.

Las ayudas a empresas transitan entre los incentivos y las inversiones en I+D

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